La prevención, identificación e investigación de los delitos de violencia de género y sexual es una cuestión de derechos humanos. Con el fin de avanzar en la lucha contra la violencia y la discriminación contra las mujeres, España adoptó instrumentos y es signataria de tratados internacionales y ha desarrollado medidas específicas para la violencia intrafamiliar, también denominada violencia de género. Sin embargo, la violencia sexual y de género dirigida contra mujeres migrantes carece de visibilidad y sus derechos de acceso real a la justicia no llegan a puerto.
Los derechos humanos impactados por la violencia de género o sexual están recogidos en la Declaración Universal de los Derechos Humanos y los Pactos Internacionales de Derechos Civiles y Políticos y de Derechos Sociales, Económicos y Culturales de Naciones Unidas. La Convención de las Naciones Unidas sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer (CEDAW) en 1981 prohíbe la discriminación por motivos de sexo “Toda distinción, exclusión o restricción basada en el sexo que tenga por objeto o por resultado menoscabar o dejar sin efecto el reconocimiento, goce o ejercicio por la mujer, independientemente de su estado civil, sobre la base de la igualdad del hombre y la mujer, de los derechos humanos y libertades fundamentales en el ámbito político, social, cultural, civil o en cualquier otro ámbito”.
El derecho a la vida, la igualdad de género, la prohibición de discriminación por razón de raza y sexo, la protección de la integridad física, el derecho a la salud necesitan salvaguardas estratégicas cuando la víctima vive más de un condicionante interseccional de pobreza, exclusión, situación administrativa irregular, desconocimiento de la cultura y lengua del país, mujeres africanas, adultos mayores o personas con discapacidad.
En 1993, en Viena, la Asamblea General de las Naciones Unidas adoptó la Declaración sobre la eliminación de la violencia contra la mujer. Esta Declaración fue significativa porque convirtió la violencia contra la mujer en un problema internacional, no sujeto a afirmaciones sobre el relativismo cultural. Temas como la mutilación genital femenina, la violación y la tortura, la violencia doméstica y la esclavitud sexual femenina, se incluyeron dentro del ámbito del derecho internacional. Aunque no es un documento vinculante, la Declaración hizo una contribución importante para romper un muro de silencio y reconocer la violencia contra las mujeres como una violación de los derechos humanos internacionales.
La Comisionada para los Derechos Humanos del Consejo de Europa, Dunja Mijatovic, visitó oficialmente España en Noviembre 2022 decretó que queda mucho para asegurar los derechos humanos de las personas más vulnerables y proteger los derechos de las personas refugiadas, solicitantes de asilo y migrantes. La falta de estándares, transparencia en los recursos, consulta a sociedad civil y cooperación entre autoridades competentes a nivel central y local no asegura el acceso al sistema de protección de derechos humanos de los más vulnerables. Spain should advance social rights, better guarantee freedoms of expression and assembly and improve human rights of refugees, asylum seekers and migrants – Commissioner for Human Rights (coe.int)
La Comisionada concluyó que no hay ningún acceso efectivo al derecho de asilo en la frontera Nador-Melilla, más que a nado o saltando la valla y arriesgando siempre la vida. Urgió a las autoridades a asegurar que aquellas personas en necesidad de protección puedan acceder al territorio español a través de mecanismos seguros y legales. El Ombudsman español reportó que en Junio 2022 se retornaron a 470 personas, la misma fecha en que 23 personas fallecieron. España como otros países del Consejo de Europa, no debería directa o indirectamente, con medidas de cooperación en materia de migración con terceros países, contribuir a ninguna violación de derechos humanos.
El Instituto de Estudios Políticos de Estrasburgo y la División de Igualdad de Género del Consejo de Europa reportaron en 2019 sobre la particular vulnerabilidad y protección de derechos humanos de mujeres y niñas migrantes, refugiadas y solicitantes de asilo. El reporte analiza la situación actual de violencia de género y discriminación en origen, tránsito y destino. También recomienda el uso de políticas de migración y asilo sensibles al género. Sans titre (coe.int)
El reporte del Secretario General de Naciones Unidas ya en 2019 estimaba que el 60-80 por ciento de las mujeres migrantes y niñas en su ruta a través de México son violadas en algún momento de su viaje. Mientras que en la ruta del mediterráneo central es el 90 por ciento de mujeres las que han sido violadas en su ruta hacia Italia. Los datos obrantes en Fuerzas y Cuerpos de Seguridad sobre esta incidencia en la ruta del Oeste del Mediterráneo son nulos o desconocidos, posiblemente por carencia de protocolo estandarizado para la identificación temprana de estos delitos en situaciones de crisis humanitarias o en condiciones de movilidad humana. Violence against women migrant workers: Report of the Secretary-General (2019) | UN Women – Headquarters
En España, amparada en el mandato europeo de derechos humanos, la igualdad de género y la violencia de género se abordan en instrumentos de derechos humanos como la Convención Europea de Derechos Humanos, Recomendación sobre la protección de la mujer contra la violencia, y la Convención de Lanzarote y Estambul.
La Recomendación Rec (2002)5 del Comité de Ministros del Consejo de Europa a los estados miembros sobre la protección de la mujer contra la violencia (30 Abril 2002) afirma que la violencia contra la mujer menoscaba o anula el disfrute de sus derechos humanos y libertades fundamentales y constituye una violación de su integridad física, psicológica y/o sexual. Constata con preocupación que las mujeres a menudo son objeto de múltiples discriminaciones por razón de su género y de su origen, incluso como víctimas de prácticas tradicionales o consuetudinarias incompatibles con sus derechos humanos y libertades fundamentales.
El Protocolo de Naciones Unidas contra el Trafico Ilícito de Migrantes por Tierra, Mar y Aire describe en su Art.6.3 el tráfico agravado de personas migrantes. El tráfico ilícito de migrantes en su modalidad agravado implica un abuso de las vulnerabilidades de la persona migrante por parte de la organización criminal. Un abordaje de género y derechos humanos correcto al enfoque que Fuerzas y Cuerpos de Seguridad hacen sobre este delito consistiría en identificar, documentar e investigar en diligencias y tomas de declaración los tratos inhumanos y degradantes por ejemplo la explotación, y el peligro que suponen los delitos de género y naturaleza sexual para la seguridad y la vida de las mujeres migrantes, solicitantes de asilo, sujetos de derechos humanos en tráfico ilícito de migrantes y la trata de personas.
Recientemente, en Mayo 2023, expertos de la CEDAW en su evaluación de nuestro país sobre la incorporación del enfoque interseccional (el que reconoce la discriminación por diversos factores, como la raza) y los derechos de las mujeres migrantes han remarcado la falta de este enfoque en las normas, lo que desprotege las mujeres refugiadas y migrantes. La ONU pide a España que ponga en marcha cuanto antes un observatorio de Igualdad, con recursos suficientes y capacidad para recibir denuncias. La ONU reprende a España por la deficiente aplicación de las leyes contra la violencia de género | Público (publico.es)
Recent Comments