Las víctimas de femicidios y delitos contra la vida tienen derecho a que se les garantice un trato digno, sin revictimización, en todas las etapas judiciales con independencia del avance y resultado de la investigación95. Para evitar la revictimización, será fundamental que las/os operadores de justicia aseguren:

  • La no difusión de información relativa a la vida íntima y privada de las víctimas, así como sus datos personales. La filtración de información personal de las víctimas a terceros o medios de comunicación puede conllevar actos graves de revictimización. En ningún caso, esta prohibición se refiere a actos donde las mismas víctimas deciden difundir de manera libre, consentida e informada elementos sobre sus procesos de búsqueda de verdad, justicia y reparación.
  • Que las víctimas cuentan con la confidencialidad debida durante la toma de testimonio y las diligencias judiciales.
  • Que se evite que las víctimas reiteren su testimonio sobre la violencia feminicida y los daños sufridos.
  • Que se aplique la perspectiva de género en todas las diligencias, pericias y actuaciones generadas a lo largo de la investigación